En el marco de los estados administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), la AFIP incorpora la categoría de sujeto no confiable para la Seguridad Social.
Así lo establece la resolución general 4087 publicada este lunes en el Boletín Oficial. Para acceder a la norma haga clic aquí.
Puntualmente, la flamante norma establece las siguientes categorías:
- Sujeto no confiable en materia de Seguridad Social - origen ANSES: atento la información remitida periódicamente a la AFIP por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social, o
- Sujeto no confiable en materia de Seguridad Social - origen AFIP: que comprende a aquellos sujetos respecto de los cuales se haya constatado o detectado inconsistencias en relación a la generación de nóminas de trabajadores ficticios, calidad o condiciones que exteriorizan las declaraciones juradas de la Seguridad Social, la documentación respaldatoria de dichasrelaciones laborales o que no reflejan la realidad de los vínculos con los dependientes que intentan documentar, o la ausencia de éstos.
Feria fiscal En tanto, ya arrancó la feria fiscal fijada por la AFIP hasta el 21 de julio próximo.
Así se dio a conocer a través de la resolución general 4089 publicada en el Boletín Oficial.
Desde Tributum.com.ar, Mario Goldman Rota señala que durante la feria fiscal "no se considera el cómputo de los plazos procedimentales en el ámbito de la AFIP –operando como una suspensión– durante dos semanas"
"Para el pleno efecto de una feria, debería hacerse extensivo a la totalidad de los vencimientos de las obligaciones tributarias, al menos para la determinación y su presentación -tarea que atañe en su mayoría a los contadores-; desde luego, a los fines de no perjudicar las arcas fiscales se debería ingresar opcional u hasta obligatoriamente, un pago a cuenta del plazo del gravamen diferido, tal como recientemente se ha dispuesto fundado en la proximidad del plazo final e inclusión del bienes del Sinceramiento Fiscal", agrega Goldman Rota.
Anticipos Por último, a fin de llevar tranquilidad a los contadores, la AFIP dio nuevas precisiones respecto a los anticipos de Bienes Personales que comienzan a vencer la próxima semana, el nuevo aplicativo versión 18.1 y la situación "post blanqueo" de los contribuyentes cumplidores.
En diálogo con Iprofesional, desde el organismo que conduce Alberto Abad adelantaron los pasos a seguir:
Anticipos de Bienes Personales 2017: el fisco nacional está trabajando en un cálculo automático de los anticipos para 2017 para que se reduzcan en una proporción acorde a la nueva alícuota y el mínimo no imponible.
Esto significa que, ahora los contribuyentes no deberían solicitar la reducción de anticipos sino que el sistema de Cuentas Tributarias va a realizar el cálculo de manera automática.
Nuevo aplicativo de Ganancias 18.1: la versión anterior tenía un error, referido a los quebrantos de operaciones de compraventas de acciones y títulos. Quienes presentaron la declaración jurada e ingresaron el saldo en el mini plan ahora deben rectificar la declaración jurada para corregir esta situación con una diferencia del impuesto a ingresar sin poder financiarlo. Ante este inconveniente, la AFIP asegura que será posible ingresar ese saldo con el plan de tres cuotas previsto en la resolución general 3827.
Contribuyentes cumplidores. Devolución de anticipos de Bienes Personales 2016 : quienes hayan optado por la devolución de estos anticipos no podrán utilizarlos ya que no se encontrarán disponibles en el sistema de Cuentas Tributarias. Esto es porque se devolverían durante esta semana en la CBU que hayan informado los contribuyentes cumplidores.